“Tener
derecho a hacer algo no es para nada igual a tener razón al hacerlo”. (G.
K. Chesterton).
Hoy es el primer día grande de este 2019, el día de
la cena con las amigas y los amigos de toda la vida, un día para poner en
practica aquella frase de Sir Francis Bacon que todos los años en esta cena se
hace realidad: “Vieja madera para arder, viejo vino para beber, viejos amigos
en quien confiar, y viejos autores para leer”. Pero no adelantemos
acontecimientos, eso sucederá esta noche, de momento el sol nos saldrá a las 08:20
horas y estará con nosotros hasta las 17:52. Hace frío en mi balcón de Pego, 8
grados.
Para quienes consideramos que el respeto a los
animales es una obligación humana irrenunciable, las actuaciones que hemos
visto estos días en algunos videos nos llenan de tristeza y de preocupación, y
es que los animales merecen una protección legal. Y, a partir de aquí es cuando
podemos empezar a ver diferencias entre varias formas de defender a los
animales.
He estado leyendo algunas opiniones en las que se
dice que los animales deben ser sujetos de derechos, pues son seres que sufren.
La cuestión no es si los animales pueden razonar ni tampoco si pueden hablar,
sino si pueden sufrir y que debe tratarse con igual consideración a todos los
seres capaces de sufrir sean capaces de razonar o no. Lo que convierte en
sujeto de derechos a cualquier ser con capacidad para sufrir, independientemente
de que sea o no racional. Y estas afirmaciones que pueden parecer que no presentan
demasiados problemas para aceptarlas me plantean algunas dudas.
Por ejemplo, esto me podría llevar a pensar que la
vida de un feto o la de un niño con problemas cerebrales no sea más valiosa que
la vida de un chimpancé. No quiero entrar a discutir si el sufrimiento que
sentimos los hombres se puede experimentar en igual grado sin tener una
conciencia racional, aunque tengo que decir que en nada se parece una reacción
instintiva al dolor, que el sufrimiento del hombre que hace del dolor una
experiencia moral.
El aspecto que me presenta más dudas es el de los
derechos, pues sólo puede ser titular de derechos quien posee una correlativa
capacidad para obligarse. O sea, la tan repetida frase; “todo derecho lleva
consigo una obligación”. Cuando yo digo, por ejemplo; que al hombre lo asiste
un inalienable derecho a la vida estoy proclamando también que lo obliga el
deber de respetar la vida de los demás hombres; cuando defiendo el derecho a la
propiedad estoy condenando el robo, y así sucesivamente.
Todo derecho exige una obligación correlativa; y
los animales, como seres carentes de razón y de libertad, no pueden ser sujetos
de derechos y obligaciones. Esto no significa, por supuesto, que los animales
deban quedar fuera de la esfera de protección jurídica. El hombre tiene derecho
a la utilización justa de la naturaleza, puesto que es el único ser que puede
aprovechar racionalmente sus recursos; y, al mismo tiempo, tiene el deber de
proteger esa naturaleza y a los seres vivos que la habitan.
Ya se, que ahora alguien puede estar pensando que
tampoco los niños gestantes, o las personas con minusvalías psíquicas, pueden
asumir obligaciones. Pero en ellos reconocemos a unos miembros de nuestra
especie a quienes damos la misma protección que otorgamos a los humanos plenamente
conscientes.
Aunque hay quien piensa que hay que negar que el
ser humano sea único, y que hay que considerarlo como el resultado aleatorio de
una evolución natural, y borrar los rasgos distintivos que lo hacen una
criatura única, misteriosamente singular, entre todas las criaturas de habitan
la Tierra. Pero es esa singularidad la que permite al hombre justo mirar a los
animales que pueblan la tierra y descubrir que son “buenos”, esforzándose en
consecuencia por protegerlos; esa singularidad existe.
Cuando esa singularidad que existe entre el hombre
y el resto de criaturas se elude o escamotea es imposible que yo pueda defender
cabalmente ciertas causas. Y esto me preocupa.
Feliz y Dulce Día.
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