“Tener derecho a hacer algo no es para nada igual a
tener razón al hacerlo”. (G. K. Chesterton).
Hace frío, ahora en mi balcón 5,1 grados, que para
mí es mucho frío y al “romper” el día es fácil que baje algún grado. Confío en
que con la salida del sol a las 08:19 horas conseguirá que el ambiente sea más
agradable, al menos hasta las 17:59.
Estoy seguro que en estos días habremos oído muchas
veces que todos somos iguales, y que por tanto tenemos los mismos derechos. Pero
con solo mirar a nuestro alrededor nos daremos cuenta que en muchos casos no es
así. Pero ¿en qué SÍ somos iguales?
Todos SÍ somos iguales por la dignidad de ser
personas humanas, lo que esta por encima de todo lo demás. De este punto se derivan una cantidad de derechos
que son fundamentales de todas y cada una de las personas humanas.
Pero, la humanidad está llena de desigualdades
entre las personas. Por eso inventar derechos en base a que existe una
imaginaria igualdad, en casos en los que las personas son diferentes, no tiene
sentido.
Entre los derechos humanos hay uno que es el que da
origen a todos los demás, y es el derecho a la VIDA. Es claro, los muertos no
tienen derechos, los vivos en cambio sí.
Del derecho a la vida, como personas humanas, se
derivan muchos otros derechos, pero son muy específicos. Para vivir, tenemos
derechos a la salud, iniciando en el vientre materno, a la alimentación, a la
crianza de los hijos, a la vivienda, a la seguridad. Hay también derechos
fundamentales como a la Integridad y libertad personales, las de conciencia y
religión, de pensamiento y de expresión, de reunión y asociación, de protección
a la familia, al nombre, a la nacionalidad, a la propiedad privada, a la
circulación y residencia, a la política, a la herencia, a la igualdad ante la
ley y a la protección judicial. Derecho a la protección de la honra y la
dignidad, derecho a no ser discriminados, entendiéndose este término en su
sentido de denigración.
Por supuesto que según las naciones, sus
tradiciones, su religión oficial y por otras causas, ciertos derechos le son
reconocidos o no a las personas. Pero hay también muchos derechos (¡y
obligaciones!) que sólo corresponden a ciertas personas y no a las demás. Ello
depende por ejemplo de la nacionalidad, la edad, la condición social o estado
civil, la profesión, el lugar de residencia, el sexo, las discapacidades y
otras condiciones determinantes en las propias leyes.
¿Entonces no es verdad que todos “somos iguales” y
“tenemos los mismos derechos”? No, no es verdad en muchos casos particulares,
pero sí en lo esencial, en razón de nuestra dignidad como personas, nuestra
capacidad de decisión y nuestra conciencia, esa que nos recuerda nuestras
obligaciones, nuestra capacidad de reconocer el bien y el mal obrar. La
distinción es fundamental.
¿Diferentes derechos? Por ejemplo los de
maternidad, que no tienen los varones, o algunas disposiciones de protección a
la mujer. Derecho a la educación primaria, que es efectiva a los seis años.
Derechos sindicales, derecho al voto, derecho al ejercicio de una profesión, a
pensiones y jubilaciones, a los servicios de salud pública, derecho al fuero, a
la nacionalidad, limitada en ciertos países. Muchos son los ejemplos a citar,
sobran.
Hasta en las reglamentaciones de tránsito hay
derechos (y obligaciones) diferentes. El tema como veis es muy amplio y tal vez
merezca que vuelva a él en otra ocasión, pero hay que tener presente que existen
esas distinciones cuando reflexionemos sobre algunos temas, pues es un grave
error de juicio hablar a favor de cualquier derecho “igualitario” que no sea un
derecho fundamental a la vida y de aquellos que nos son comunes a todas las personas.
Por principio, se debe tratar igual a los que son
iguales, y desigual a los que son desiguales. Por ejemplo; hay que proteger más
a los débiles que a los poderosos. Los pobres deben tener subsidios y
prestaciones sociales exclusivas. Inventar por ejemplo un derecho “igualitario”
para quienes son desiguales es un absurdo.
Feliz y Dulce Día.
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